“Consideraciones del IPv6 Forum Council Colombia al Proyecto de Resolución “POR LA CUAL SE FORMULAN LAS POLÍTICAS DE ADOPCIÓN DEL PROTOCOLO IPv6”.

Bogotá D.C. Mayo 16 de 2017,

Señores

Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la República de Colombia.

Email: adopcionIPv6colombia@mintic.gov.co

Referencia: Primer Escrito – Proyecto de Resolución “POR LA CUAL SE FORMULAN LAS POLÍTICAS DE ADOPCIÓN DEL PROTOCOLO IPv6”.

Respetados Ministerio de TIC:

El IPv6 Forum (www.ipv6forum.org) y su capítulo IPv6 Forum Council Colombia (www.ipv6forumcolombia.org), es la iniciativa que desde el surgimiento de la tecnología IPv6 vienen promocionando y divulgando en el mundo y en Colombia, respectivamente, a través de la evangelización y establecimiento de sinergias entre los distintos actores público y privados, la necesidad de que a través de las entidades definidoras de políticas públicas y de regulación del Sector TIC, incluyan en sus planes, programas y ordenamiento jurídico, medidas para la adopción de esta tecnología de forma temprana atada a las mejores prácticas que faciliten la transición hacia el protocolo de Internet Versión Seis – IPv6, minimizando con ello, los traumatismos que pudieran presentarse durante el proceso.

La problemática mundial que representa el agotamiento de las direcciones IPv4 y el surgimiento de tecnologías dependientes de conectividad IP en la Internet, hacen de la adopción de IPv6 una necesidad técnica inminente y un imperativo jurídico ineludible para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento; la negativa o demora en su implementación y madurez tecnológica, marcan diferencia competitiva y amplía la brecha de conectividad y servicios digitales de los pueblos e industrias.

Es por ello que, por la referida iniciativa, extendemos nuestras felicitaciones al MinTIC quién desde hace tiempo atrás viene tomando acciones afirmativas tendientes a incorporar la adopción de IPv6 dentro de la política pública de las TIC en Colombia.

Dicho lo anterior, procedemos a brindar algunas observaciones en aras de fortalecer la intención del Ministerio con este proyecto normativo, así:

1.En cuanto al epígrafe “POR LA CUAL SE FORMULAN LAS POLÍTICAS DE ADOPCIÓN DEL PROTOCOLO IPv6”, se sugiere eliminar la palabra “LAS” por cuanto el proyecto normativo no encierre todas las posibles políticas que pudieran abordarse para la adopción de IPv6.

2.Dado que este tema necesariamente implica la articulación con otras entidades públicas, sugerimos incorporar en los considerandos las iniciativas y esfuerzos adelantados en materia de “GEL – IPv6” por el MinTIC como por ejemplo con el Departamento Administrativo de la Función Pública, desde la expedición de la “Metodología para la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y el FURAG” del Decreto 2482 de 2012 “Por el  Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión”.

3.En el Parágrafo del Artículo Segundo, se sugiere cambiar la expresión “en todas sus Infraestructuras de TIC” por “en todas las “Plataformas e Infraestructuras de TIC” lo cual da un sentido completo en concordancia con lo que describe. Igualmente, complementar la definición con la incorporación de la temática de “Seguridad”.

4. Sobre el Artículo Tercero:

a. No se establece un tiempo en el cual los PRST deban disponer IPv6 hasta el terminal de usuario. Es importante que la adopción de IPv6 no se deje totalmente a demanda del mercado, se sugiere ordenar un plazo articulado con el Sector de PRST y CRC. La demora en su implementación nativa hasta el nivel de terminal de usuario, implica posibles afectaciones en los servicios y conectividad del administrado de mayor interés, como lo es el pueblo, con la consecuente afectación a los derechos de los usuarios del servicio de telecomunicaciones.

b.No hace referencia al uso o no de tecnologías de túneles y traducción. Es de vital relevancia que se especifique la disponibilidad de la conectividad, contenidos digitales y servicios con Dual Stack bajo IPv6 nativo hasta el nivel o terminal del usuario, ya que implementar IPv6 con túneles o mecanismos de traducción (NAT), pone en riesgo el despliegue de servicios como los transaccionales, además de resultar a largo plazo más complejo, costoso y demora la plena transición para el país.

De no darse lo anterior, es conveniente que se establezca una articulación con el Sector de PRST para que sean considerados y escuchados, y de común acuerdo se concrete un término obligatorio para la adopción nativa en dualstack de IPv6 hasta los equipos terminales de usuario, no obstante que en el proceso se considere permitido un periodo de tiempo con despliegue bajo algún mecanismo de traducción.

Considerar las recomendaciones de asignación de direccionamiento IPv6 proferidas por los RIRs, de modo que los PRST en sus planes de administración y gestión del direccionamiento IPv6 tengan en cuenta que como mínimo se debe asignar /48 por cada punto de presencia en Internet, sean estos, usuarios corporativos (empresas) o no corporativos (ciudadano, ejemplo: hogar).

El mismo sentido, se sugiere que el Gobierno en cabeza del MinTIC y la CRC, analicen estrategias articuladas con los PRST para que los equipos CPE y terminales de usuario, estén plenamente compatibles con IPv6, por ejemplo, homologación IPv6 Ready y subsidio para reposición tecnológica de forma masiva.

c. De igual manera, para que este proyecto normativo constituya un avance notable se debería definir directrices de articulación con la CRC y SIC con el fin de incorporar la temática en las regulaciones aplicables a los PRST, entre ellos, los regímenes de interconexión e interoperabilidad, neutralidad en Internet, indicadores, Oferta Básica de Interconexión, derechos a los usuarios, etc.

5.El Artículo 4 contiene una imprecisión ya que IPv6 e IPv4 son dos protocolos y tecnologías incompatibles, por lo cual se sugiere la siguiente modificación:

“ARTÍCULO 4. NEUTRALIDAD TECNOLÓGICA. El proceso de transición a IPv6 nativo debe garantizar que la conectividad, servicios y aplicaciones se implementen con iguales o superiores calidades y prestaciones que con IPv4, conforme a lo previsto en el numeral 6 del artículo 2 de la Ley 1341 de 2009”.

6. Se sugiere que el artículo 5 tenga en cuenta el glosario de términos y definiciones de la Resolución 202 de 2010 expedida por el MinTIC, así como, otras modificaciones tendientes a impartir lineamientos técnicos y de capacitación.

Aunado a lo anterior, es conveniente no atar este proyecto normativo con “anexos” ya que la literalidad de las guías referidas por el MinTIC pueden contener errores, imprecisiones, ser insuficiente o quedar obsoletas; es más, cualquier modificación o actualización de estas, no podría darse sino a través de otra resolución limitando con ello la aplicabilidad inmediata de las actualizaciones, correcciones o incorporación de nuevos lineamientos de apoyo.

De esta manera, se propone el siguiente texto:

“ARTÍCULO 5. TRANSICIÓN Y COEXISTENCIA. La transición de IPv4 a IPv6 deberá soportar los servicios de Internet con IPv6 nativo en Dual Stack. Las versiones 4 y 6 del protocolo de Internet durante el período de transición deberán coexistir para mantener la Interconexión e Interoperabilidad en las Plataformas e Infraestructuras TIC, en particular los servicios dispuestos en Internet al ciudadano.

PARÁGRAFO No.1: Las entidades públicas de que trata el Artículo 2 de la presente Resolución, en el proceso de transición a IPv6 deberán tomar las medidas necesarias para realizar la apropiación de los recursos de inversión, planear el ajuste tecnológico, capacitar en IPv6 al personal del área TIC y seguir los estándares de la tecnología IPv6, guías y recomendaciones de fabricantes de tecnologías.

PARÁGRAFO No.2: El Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación, dispondrá guías y manuales de referencia para que sean adoptados por las entidades obligadas, en lo que aplique; entre ellas: “Guía de transición de IPv4 a IPv6 para Colombia” y “Guía para el aseguramiento del Protocolo IPv6”, en sus versiones vigentes.

PARÁGRAFO No.3: Una vez las entidades aquí obligadas adopten IPv6 deben incorporar en sus planes de ajuste tecnológico, planes de eliminación de dependencias de IPv4.

7. En lo posible incluir un artículo sobre la obligatoriedad de hacer transversal la adopción de IPv6 en los planes de ajuste y renovación tecnológica señalando la importancia que debe tener el tema para la alta dirección en las entidades públicas, junto con la identificación del rol de o los líderes técnicos para adelantar el proceso de transición hacia el nuevo protocolo y la preparación para incorporar nuevas tecnologías dependientes de conectividad y procesamiento IP.

Es preciso que el MinTIC identifique las necesidades de articulación con otras entidades públicas y privadas para aunar esfuerzos focalizados en crear los escenarios de país para un verdadero cumplimiento y materialización de la aquí comentada iniciativa normativa.

Finalmente, desde el IPv6 Forum Council Colombia apoyamos y nos ponemos a disposición para trabajar y sumarnos a los esfuerzos que adelante el Gobierno Colombiano para la adopción de IPv6, el cual es necesario para allanar el camino de llegada de tecnologías como IoT, SmartCities, IA, 5G, entre otras.

Para descargar el documento:  IPv6ForumColombia Comentarios

 

Atentamente,

Rafael Ignacio Sandoval Morales

Presidente del IPv6 Forum Council Colombia

CEO |Technology SAS | Academia IPv6 |

Web: www.ipv6forumcolombia.org

Skype: rafaelignaciosandovalmorales

Email: contacto@ipv6forumcolombia.org

IPv6 Technology SAS

www.ipv6technology.co

Email: rsandoval@ipv6technology.co

Academia IPv6 Forum Colombia

www.academiaipv6.org

Email: coordinacion@academiaipv6.org